miércoles, septiembre 9, 2026

Las empresas deberán informar del uso de algoritmos en sueldos, turnos y tareas

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Álvaro Serrano
Álvaro Serrano
Álvaro Serrano es redactor de Sociedad y Educación en Minuto Digital. Aborda cambios sociales, formación, empleo y temas de actualidad con un enfoque claro y contextualizado.

El Gobierno ha aprobado un real decreto que amplía la información laboral exigida a las empresas, incluido el uso de sistemas automatizados que afecten a salario, jornada, tareas o despidos.

El Consejo de Ministros aprobó el martes 8 de septiembre un real decreto que amplía la información que las empresas deben entregar por escrito a sus trabajadores, incluido el uso de algoritmos o sistemas automatizados que influyan en sus condiciones laborales, según la información facilitada sobre la norma.

La obligación abarca la comunicación de la existencia de estas herramientas y de sus pautas, criterios y reglas de funcionamiento cuando intervengan en decisiones laborales. Entre los ámbitos citados figuran la duración y distribución de la jornada, la asignación de tareas, el salario, la progresión profesional, el lugar de trabajo y la extinción del contrato.

Además, las empresas deberán detallar cuestiones como el salario base, los complementos, el cálculo de las retribuciones variables, los turnos, las vacaciones y las condiciones del periodo de prueba, de acuerdo con la información publicada sobre el real decreto.

Contexto y consecuencias

La ampliación afecta también a los contratos ya vigentes. Los trabajadores podrán pedir la información que no conste en su documentación y la empresa deberá facilitarla por escrito en un plazo máximo de 30 días, según los datos publicados.

La norma extiende al ámbito individual un derecho de información que, desde la reforma laboral de 2021, ya correspondía a los representantes legales de los trabajadores respecto de los parámetros, reglas e instrucciones de algoritmos que inciden en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo o la elaboración de perfiles.

Qué cambia ahora

Las empresas deberán revisar tanto la información que entregan al formalizar una contratación como las herramientas digitales empleadas para gestionar al personal. La información disponible no precisa la fecha de entrada en vigor del real decreto.

Fuentes

  • Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros, citado en la información facilitada (sin URL).

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